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  • Se busca que la gestión de las finanzas públicas locales procuren una mejor calidad de vida: Cruz Blackledge

La Cámara de Diputados aprobó reformas a la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios, para promover y garantizar su eficiencia operativa; favorecer las condiciones en la contratación prudente de financiamientos y obligaciones bajo los principios de transparencia y responsabilidad hacendaria, así como incentivar el manejo responsable de los recursos, por parte de estados y municipios.

 

Al fundamentar el dictamen aprobado, en lo general, con 317 votos a favor, 38 en contra y 2 abstenciones, la presidenta de la Comisión de Hacienda y Crédito Público, diputada Gina Andrea Cruz Blackledge (PAN), señaló que se trata de garantizar la continuidad de los esfuerzos que los gobiernos locales han emprendido desde la entrada en vigor de esta ley y, de igual modo, dar un impulso de sostenibilidad a las finanzas públicas estatales y municipales.

 

Indicó que para generar mejores condiciones para el crecimiento económico, se dota a las entidades federativas de un mayor grado de maniobra en el uso de sus ingresos excedentes al establecer distintos porcentajes que deberán destinar a la amortización de la deuda, según el nivel de endeudamiento, además de incluir la potestad de decidir sobre el destino de sus ingresos excedentes derivados de los recursos de libre disposición, siempre que se clasifiquen en un nivel de endeudamiento sostenible, de acuerdo al sistema de alertas.

 

El dictamen reforma la definición de Asociaciones Público-Privadas y adiciona la de disponibilidades para incluir los proyectos de prestación de servicios o cualquier esquema similar de carácter local, independientemente de la denominación que se utilice y en referencia a los recursos provenientes de los ingresos que durante los ejercicios fiscales anteriores no fueron pagados ni devengados por algún rubro del gasto presupuestado, excluyendo las transferencias federales etiquetadas respectivamente.

 

Se adicionan supuestos para que las entidades federativas tomen en cuenta, la publicación de la Ley de Ingresos de la Federación y el Presupuesto de Egresos de la Federación para aprobar sus leyes de ingresos y presupuestos, con el fin de que no excedan los montos de los recursos federalizados previstos en dichos ordenamientos jurídicos y, en su caso, puedan realizar una estimación con base en los criterios generales de política económica, el monto nacional y la distribución realizada en ejercicios fiscales anteriores.

 

Cruz Blackledge mencionó que se sustituye el término iniciativa de ingreso por la de fuente de ingresos distinta al financiamiento, para dar certidumbre jurídica a los entes públicos y evitar la confusión de acudir a los congresos locales cada vez que se materializa el supuesto de aumento o creación de gasto público, para agilizar la atención de la población afectada por la presencia de desastres naturales.

 

Además, el dictamen plantea que no se requiera realizar un análisis de costo-beneficio cuando el gasto de inversión se destine a la atención prioritaria de dichas situaciones.

 

Se establece de manera expresa el criterio de excepción que permite a los entes públicos realizar las acciones necesarias para atender a la población afectada por desastres naturales en los términos de las leyes, reglas de operación y lineamientos aplicables, a efecto de salvaguardar sus derechos sociales y combatir condiciones de vulnerabilidad en rubros tales como la salud, educación y vivienda.

 

La diputada afirmó que se sustituye el término de duración por el término de amortización, para contar con un lenguaje que permita facilitar la comprensión de los entes públicos. Tratándose de operaciones de refinanciamiento o reestructuración, el ente público deberá informar a la Legislatura local sobre su celebración y presentar la solicitud de inscripción ante el Registro Público Único dentro de los 15 días naturales siguientes a la celebración del mismo.

 

Se incorpora una excepción a la vigencia de 60 días naturales que actualmente contempla la ley para las propuestas presentadas en los procesos competitivos tratándose de instrumentos derivados, ya que por su naturaleza la determinación de la mejor condición financiera se determina en periodos cortos de tiempo, incluso inferiores a un día.

 

También se consideró que los entes públicos tengan la certeza de que en caso de declararse desierto el proceso competitivo, dicha situación se presentará por única ocasión, siempre y cuando en el siguiente proceso competitivo la oferta ganadora que se presente cumpla con lo establecido en la invitación respectiva y, con ello, evitar que se presente un sinnúmero de procesos competitivos en menoscabo de los gastos que pudieran generarse a cargo de los entes públicos.

 

Argumentó que se exceptuó de la realización del proceso competitivo a las operaciones de reestructuración y a las de refinanciamiento donde se sustituya de forma total un financiamiento por otro, en vista de que se busca simplificar este tipo de operaciones para aprovechar las ofertas que se presenten en el menor tiempo posible y favorecer a las finanzas públicas de las administraciones al pactar menores tasas y mayores flujos de recursos para concretar proyectos prioritarios de alto impacto en el desarrollo económico local.

 

Se incorpora la prohibición de que las obligaciones a corto plazo puedan ser objeto de refinanciamiento o reestructura a lapsos mayores a un año. Lo anterior, considerando que en el marco jurídico aplicable no exista la figura jurídica de la obligación a corto plazo con destino de inversión pública productiva.

 

Para aquellos casos en que las entidades federativas o municipios realicen la afectación de sus participaciones federales en garantía y como fuente de pago, se consolidarán estas como bonos, financiamientos y obligaciones de las entidades federativas o municipios, y serán computables para efectos del Sistema de Alertas. Además, deberán cumplir con los requisitos que al efecto determine el Reglamento del Registro Público Único de Financiamientos y Obligaciones de Entidades Federativas y Municipios.

 

Asimismo, se incluyen los montos de las cuentas en efectivo, bancos e inversiones temporales sobre los ingresos totales en el indicador de obligaciones a corto plazo, y proveedores y contratistas, para mostrar de manera más precisa la disponibilidad financiera del ente público para hacer frente a sus obligaciones.

 

La diputada resaltó que se plantea que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) publique en su página de Internet la medición inicial del Sistema de Alertas para municipios a más tardar el último día de julio de 2018, la cual servirá para determinar el techo de financiamiento neto al cual podrán acceder durante el ejercicio fiscal 2019.

 

Para el caso de los entes públicos distintos a la administración pública centralizada de las entidades federativas y los municipios, la SHCP deberá publicar la medición inicial del Sistema de Alertas a más tardar el último día hábil de agosto de 2019, la cual determinará el techo de financiamiento neto al cual podrán acceder durante el ejercicio fiscal 2020.

 

“Esta modificación permitirá que los municipios y otros entes públicos desarrollen las capacidades técnicas necesarias para generar información útil para el Sistema de Alertas, bajo los formatos de la Secretaría”, afirmó.

 

Se busca, dijo, coadyuvar en la consolidación del marco jurídico en la materia, dando certeza a los entes públicos y a los ciudadanos de que la contratación de financiamientos y obligaciones se pueda generar en mejores condiciones y la gestión de las finanzas públicas locales esté encaminada a procurar los medios para brindar una mejor calidad de vida a la población.

 

En los posicionamientos, el diputado Justo Federico Escobedo Miramontes (PES) coincidió con simplificar el uso de los recursos en el caso de los desastres naturales; sin embargo, consideró que hay varios planteamientos que son una regresión en relación con el estado actual, pues abre la posibilidad a que los ingresos excedentes de la libre disposición puedan destinarse al gasto corriente, “lo que es un peligroso retroceso”.

 

Cuestionó: ¿cómo es posible que se esté proponiendo que ese 5 por ciento o hasta ese 5 por ciento se vaya al gasto corriente y no al de inversión? La caída en el nivel de inversión pública actual –explicó- se ha venido reflejado en el bajo nivel de crecimiento, y el gasto corriente a menudo no tiene impacto positivo en la calidad de vida de los ciudadanos; por lo contrario, dijo, se presta a abusos y sobre todo en el tiempo de campañas electorales.

 

Luis Alfredo Valles Mendoza, diputado de NA, expresó que el dictamen amplía el margen de maniobra financiera de las administraciones locales, para que puedan con mayor eficacia al hacer uso de sus ingresos de libre disposición, con el objetivo de brindar una atención oportuna a la población que sea afectada por desastres naturales.

 

Señaló que es vital que la Ley de Ingresos y el Presupuesto de Egresos sean parámetros e insumos legalmente establecidos, para que las entidades federativas y los municipios definan su planeación presupuestaria anual. “El buen manejo de las finanzas públicas es un primer requisito para el desarrollo económico y regional; debe ser una obligación de los funcionarios y servidores que administran recursos públicos”.

 

El diputado de MC, Germán Ernesto Ralis Cumplido, indicó que estas reformas abonan a la buena administración de los gobiernos municipales y de otros entes al otorgar mayor libertad para la dirección de su propia deuda. “Es lo que hasta ahora, en términos de burocracia y administración del gasto, ha provocado un cuello de botella para el correcto desarrollo y el sano desempeño de las finanzas públicas”.

 

Subrayó que se da mayor certeza jurídica en la construcción de leyes de ingreso y presupuesto y que dan reglas más claras para enfrentar necesidades derivadas de desastres naturales, los cuales no existían. “El nivel de endeudamiento local, con estas modificaciones, genera nuevos instrumentos y procedimientos para la reestructuración, al tiempo que debe mantenerse un control en la vigilancia y se convierte en nuevos impulsos para la inversión local”.

 

Por el PVEM, la diputada Adriana Sarur Torre argumentó que este Congreso debe actuar ante la necesidad de reencauzar la disciplina financiera de los estados hacia el buen ejercicio del gasto y la rendición de cuentas, para una auténtica palanca del desarrollo y para que las haciendas públicas queden protegidas. “Es tiempo de redefinir el financiamiento neto, las disponibilidades y el régimen de las Asociaciones Público-Privadas”.

 

Indicó que se elimina la codependencia de los recursos que provienen de la federación y se abre paso a los criterios prudenciales a un Sistema de Alertas y a uno de indicadores que permitan a estados y municipios garantizar la viabilidad de un gobierno. “Votar a favor es hacerlo en pro de la eficiencia de la contratación de deuda, y erradicar las causas del mal manejo de las finanzas públicas, es elegir la posibilidad de que entidades y ayuntamientos destinen el 5 por ciento de sus excedentes al gasto corriente”.

 

Vidal Llerenas Morales, diputado de Morena, resaltó que este documento “le da más manga ancha a los gobernadores para que sigan haciendo lo que se les pegue la gana con las finanzas públicas, para que no amorticen deuda, no inviertan en obra pública y para que puedan contratar más personal. Esto lo hace un Congreso irresponsable, que hace dos años votó una ley y hoy la modifica sin diagnóstico”.

 

Precisó que no se habla de finanzas públicas sanas, sobre todo cuando “lo que queremos es impedir que los gobernadores ladrones nos sigan endeudando”. Agregó que el excedente de los estados fue de 223 mil millones de pesos, y tendrían que haber 112 mil millones de pesos que, de manera obligatoria, deberían pagar los estados en 2018. “Pero eso es lo que estamos votando, que las entidades dejen de prepagar la deuda”.

 

El diputado Waldo Fernández González (PRD) expresó que con estos cambios, se ayudará a aquellos lugares donde hay finanzas responsables. “Si no lo hacemos, sería inhumano e injusto para la población y los estados y municipios, que actúan bien y que tienen sus deudas dentro del margen razonable, sean obligados a que sus excedentes terminen haciendo prepagos de deuda”.

 

Llamó a “dejar de satanizar el crédito y la deuda”, sobre todo cuando ésta se maneja bien. “En un país con tantas carencias, estos mecanismos son el motor económico para generar infraestructura y beneficio social a los ciudadanos”.

 

Del PAN, el diputado José Antonio Salas Valencia mencionó que con este dictamen no se requerirá un análisis de costo-beneficio cuando el gasto de inversión se destine a la atención prioritaria a situaciones de emergencia, y se facilitará la ayuda a la población afectada por fenómenos naturales; permitirá a las entidades tener mayor margen de maniobra, para que tengan un uso responsable y transparente de sus ingresos excedentes.

 

Facilitará un endeudamiento sostenible, prudente, así como manejable por parte de las autoridades locales, ya que cualquier contratación se formulará bajo la supervisión de las autoridades hacendarias federales. “Se busca que los gobiernos locales no excedan los montos de los recursos federalizados previstos en los ordenamientos jurídicos, y en su caso puedan realizar una estimación conforme a los criterios generales de la política económica”.

 

Matias Nazario Morales, diputado del PRI, dijo que se robustece la legislación para dotarla de mayor operatividad, y permitir actualizar el marco normativo y asegurar que su aplicación en materia de responsabilidad hacendaria a nivel local sea eficaz. “Las principales beneficiarias de las adecuaciones presupuestarias serán las autoridades locales, ya que contaran con disposiciones más claras y precisas”.

 

Con estas reformas, los gobiernos locales contarán con reglas claras y contundentes en el manejo responsable de sus haciendas públicas, “realidad que ya se refleja en la disminución de sus niveles de endeudamiento. Prueba de ello es que el saldo como porcentaje del Producto Interno Bruto es de 2.9 contra el 3.1 al inicio de la vigencia de la ley”.

 

Al hablar en contra, el diputado Alejandro Ojeda Anguiano (Morena) expresó que no establece verdaderos candados al gasto público. “No lo disciplina, al contrario, va a permitir que el Jefe de Gobierno de la Ciudad de México ande por la ciudad -con chalequitos rosas- entregando curitas, tarjetitas con dinero de forma abierta, con sentido electoral”.

 

Su compañera de bancada, diputada Ariadna Montiel Reyes denunció que desde la Ley de Ingresos, y de manera irregular, se modificó la Ley de Disciplina Financiera, al señalar que se va a dejar de operar en medida de la contingencia de Desastres Naturales. “Conocemos las finanzas y estamos dándonos cuenta de que el frente está operando esta ley para beneficiarse electoralmente en el 2018”.

 

Cecilia Soto González, diputada del PRD, indicó que dado que no se logró en el debate de Presupuesto 2018 crear un mecanismo para tener un verdadero fondo para la reconstrucción de las entidades afectadas. “Este dictamen es una válvula que permite utilizar recursos para la reconstrucción y la emergencia, y para ello hay transparencia”.

 

De Morena, la legisladora Ana Leticia Carrera Hernández recordó que esta ley fue aprobada en diciembre de 2015 en esta Cámara; en marzo de 2016 en el Senado de la República y publicada en abril del año pasado en el Diario Oficial de la Federación. En ese sentido, agregó que “no es conveniente aumentar la discrecionalidad en el gasto público de las entidades, debe ser más eficiente, pero no más discrecional. Proponemos que se mantenga la norma vigente y demos tiempo para que las instituciones responsables propicien un diagnóstico completo”.

 

El diputado Marco Polo Aguirre Chávez (PRI) expuso que estas modificaciones permitirán dar celeridad a la atención de la población afectada por los fenómenos naturales cuando este gasto se afronte con sus ingresos de libre disposición. “Se dota de mayor claridad a sus disposiciones, dándoles a las entidades federativas un mayor margen en el manejo de ingresos excedentes”.

 

Previamente, se rechazó moción suspensiva del diputado Juan Romero Tenorio (Morena), quien señaló que con este dictamen se relajará este sistema de disciplina financiera, sobre todo “en un año de procesos electorales como es el 2018, ya que se permitirá que los estados contraten deuda sin restricción y sin rendir informes; lo que representa una irresponsabilidad de esta Cámara”.

 

En la discusión en lo particular, se avaló con 271 votos a favor, 45 en contra y 3 abstenciones, y en términos del dictamen, los artículos reservados 2, 5, 13, 14, 16, 23, 26, 29, 43, 48 y 51 de la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios.

 

De igual modo, el Artículo Noveno Transitorio del decreto por el que se expide la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios, y se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de las Leyes de Coordinación Fiscal, General de Deuda Pública y General de Contabilidad Gubernamental, publicado en el Diario Oficial de la Federación 27 de abril del año 2016. Y los artículos Segundo, Tercero y Cuarto transitorios del proyecto de decreto.

 

Aprobado en lo general y particular, el documento se mandó al Senado de la República para sus efectos constitucionales.

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