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  • Se instruye a las secretarías de Seguridad y Protección Ciudadana, de Defensa Nacional, y de Marina, realicen los trámites correspondientes. 

En el marco de la Ley de la Guardia Nacional publicada el pasado 27 de mayo, el día de hoy se publicó en el Diario Oficial de la Federación el decreto que establece que la Guardia Nacional estará constituida por las policías Naval, Militar y Federal, y que entrará en funciones el próximo 30 de junio.

Entre los acuerdos se instituye que los integrantes de las policías Naval, Militar y Federal que sean asignados a la Guardia Nacional, emplearán el armamento, municiones y equipo de cargo con los que estén dotados, debiendo realizarse la correspondiente transferencia en los inventarios.

Los efectivos del Ejército y la Marina que formen parte de la Guardia Nacional se someterán a la disciplina, fuero civil, cadena de mando, y conservarán su grado, rango y todas sus prestaciones durante su actividad en esta nueva corporación, y también al ser reasignados a sus instituciones de origen.

A su vez los integrantes que conforman las divisiones de Fuerzas Federales y  Gendarmería de la Policía Federal serán asignados a la Guardia Nacional.

En el decreto se instruye a los titulares de las secretarías de Hacienda y Crédito Público, de la Defensa Nacional, de Marina, de Seguridad y Protección Ciudadana, y de la Función Pública, que instrumenten las acciones necesarias para el debido cumplimiento del presente acuerdo.

Incluyen también las referentes a las adecuaciones presupuestarias necesarias de recursos, remuneraciones, convenios de colaboración, modificación de las características de identificación de bienes que así lo requieran, adquisición de bienes muebles e inmuebles, así como las referentes a la ejecución de obra pública.

La Guardia Nacional es una institución de seguridad pública, de carácter civil, disciplinada y profesional, adscrita como órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana.

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