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En todo México se dará indemnización a quienes pierdan su vuelo por sobreventa

La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) validó el artículo 52 de la Ley de Aviación Civil (LAC), que prevé los supuestos en los que un pasajero que pierda un vuelo por sobreventa de la aerolínea debe recibir una compensación de, cuando menos, el 25% del precio del boleto. Esta decisión marca un hito en la protección de los derechos de los viajeros en México.

Una mayoría de tres ministros también concluyó que las aerolíneas no pueden exentar el pago de dicha indemnización a quienes elijan el reintegro de su pasaje o tomar el primer vuelo disponible, con la cobertura de alimentos y hospedaje necesarios hasta su embarque, a cargo de la aerolínea.

Al resolver el amparo directo en revisión 401/2023, los ministros ordenaron devolver el expediente a tribunales para que se fije la indemnización, la cual deberá pagar la aerolínea Air France a la familia de Luis Miguel Beltrán. La familia, en septiembre de 2017, fue excluida de un vuelo de París a Barcelona que fue sobrevendido, porque provocó la pérdida de las conexiones entre las ciudades de Barcelona-Londres y Londres-Ciudad de México.

La sobreventa de boletos ha sido una práctica controvertida que ha dejado a muchos pasajeros en una situación desfavorable. Debido a que los pasajeros se encuentran con vuelos completamente reservados a pesar de tener una reserva confirmada. Ante esta problemática, la SCJN ha dictaminado que las aerolíneas deben indemnizar a los pasajeros afectados con por lo menos un 25% del costo del boleto.

Con información de UnoTv

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