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Se publica en el DOF reforma constitucional sobre prisión preventiva oficiosa

Ciudad de México, 31 de diciembre de 2024. Hoy se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el decreto constitucional que reforma el párrafo segundo del artículo 19 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de prisión preventiva oficiosa. La reforma, promulgada por la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo, busca ajustar el marco legal para su aplicación en casos específicos de delitos graves.

El contexto del decreto

El Congreso de la Unión, con el respaldo de la mayoría de las legislaturas estatales y de la Ciudad de México, aprobó esta reforma en uso de las facultades previstas en el artículo 135 constitucional. El objetivo principal es garantizar que la prisión preventiva oficiosa se aplique de manera clara y estricta en los casos señalados, fortaleciendo la protección a la sociedad y el sistema de justicia penal.

Principales cambios en el artículo 19

La reforma especifica los delitos en los que los jueces deberán ordenar prisión preventiva oficiosa, destacando:

El decreto también establece que la interpretación y aplicación de las normas contenidas en este artículo deberá ser literal, prohibiendo cualquier interpretación extensiva o análoga que altere su contenido o alcance.

Entrada en vigor

La reforma al artículo 19 entra en vigor a partir de hoy, 31 de diciembre de 2024, y será responsabilidad de las instituciones de justicia aplicar estas disposiciones conforme al texto constitucional.

Con esta publicación, se cierra el año con una modificación legal que tendrá un impacto significativo en el ámbito jurídico y en la protección de la seguridad nacional y ciudadana.

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