
En los últimos meses, cada vez más empresarios, emprendedores y ciudadanos han buscado asesoría para saber si un pagaré digital tiene la misma validez que un documento físico. La respuesta, aunque muchos quisieran que fuera simple, acaba de ser aclarada con total precisión por el Poder Judicial de la Federación. Y la conclusión es contundente: sí existen pagarés digitales plenamente válidos, pero únicamente cuando están firmados con firma electrónica avanzada (FEA) emitida por un prestador de servicios de certificación autorizado.
La tesis aislada con Registro Digital 2031391, publicada el 24 de octubre de 2025, por el Segundo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito, establece un criterio que se volverá referencia obligada en litigios mercantiles:
Un pagaré digital sólo produce efectos de título de crédito si está firmado mediante firma electrónica avanzada.
Es un mensaje claro para el mundo empresarial y para quienes realizan operaciones a distancia: no todo lo “digital” es automáticamente válido ante un juez. Hay reglas, y hoy ya no hay margen para interpretaciones flexibles.
¿Qué pasó en el caso que originó el criterio?
Una sociedad mercantil presentó una demanda en la vía ejecutiva mercantil basada en un pagaré digital. El pagaré estaba en formato electrónico, pero no se firmó mediante firma electrónica avanzada, sino que el deudor utilizó un método de firma genérico, carente de certificación oficial.
El juez desechó la demanda. ¿La razón? No existía certeza sobre la identidad de quien supuestamente lo firmó. Sin esa certeza, no hay título de crédito; y sin título de crédito, no hay acción ejecutiva.
El Tribunal Colegiado confirmó: si el pagaré digital no está firmado con FEA, no sirve para demandar su cobro.
La clave: la equivalencia funcional
El Código de Comercio y la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito (LGTOC) ya prevén desde hace años que los documentos electrónicos tienen el mismo valor que los físicos, siempre que cumplan tres principios:
Disponibilidad: que el documento pueda consultarse en cualquier momento. Integridad: que no pueda modificarse sin dejar rastro. Firma electrónica avanzada: cuando la ley exige firma como en el caso del pagaré debe usarse un método avanzado, no una firma simple ni una firma “dibujada”.
Estos estándares no son nuevos: provienen del principio de equivalencia funcional, tomado del derecho internacional y recogido en los artículos 89, 93 y 97 del Código de Comercio.
Si el pagaré digital no cumple estos elementos, no existe jurídicamente.
La obligación es clara: el pagaré debe ser firmado con FEA certificada
El Tribunal enfatizó que, conforme al artículo 170, fracción VI, de la LGTOC, la firma del suscriptor es un requisito esencial del pagaré. En el mundo físico, esto se cumple con una firma autógrafa. En el mundo digital, la única forma válida es la firma electrónica avanzada.
Y para que la FEA sea considerada válida, debe estar respaldada por:
Un prestador de servicios de certificación, Una constancia de conservación de mensajes de datos, conforme a la NOM-151-SCFI-2016, Sellos digitales de tiempo que acrediten fecha, integridad y autenticidad.
Sin estos elementos, cualquier “pagaré digital” carece de fuerza ejecutiva. Se convierte en una simple promesa, no en un título de crédito.
¿Qué implica esto para empresas, prestamistas y emprendedores?
No basta con mandar un PDF firmado electrónicamente de forma simple. No basta con una firma escaneada. No basta con plataformas que ofrecen “firma digital” sin certificación NOM-151.
Para que el documento permita demandar en vía ejecutiva, debe cumplir todo el marco legal. De lo contrario, cuando llegue el momento de cobrar, el juez simplemente desechará la demanda, como ocurrió en el caso de esta tesis.
La modernización digital avanza, pero con reglas
Esta resolución no frena el uso de la tecnología. Por el contrario, le da certeza jurídica. México avanza hacia la digitalización de actos de comercio, pero debe hacerlo con seguridad, autenticidad y verificación técnica. Las empresas que adopten mecanismos de firma avanzada evitarán riesgos, litigios perdidos y pérdidas económicas.
Hoy más que nunca, los pagarés digitales son una herramienta útil…
pero solo si se hacen bien.
La justicia mercantil depende de la certeza. Y la certeza, en la era digital, depende de la firma electrónica avanzada.


















































