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El día 5 de octubre de 2017 el Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) aprobó el Acuerdo INE/CG449/2017; en él se determinó el procedimiento para integrar las propuestas de aspirantes a ocupar los cargos de Consejeras y Consejeros Electorales de los Consejos Distritales.

Este procedimiento se desarrollará durante el mes de noviembre de 2017, iniciando el día 1° con la emisión de la Convocatoria respectiva por parte del Consejo local del INE en cada capital de los estados.

En el período del 1 al 15 de noviembre se estarán recibiendo las solicitudes de inscripción en las Juntas Distritales del INE para que en la segunda quincena del mismo mes el Consejo Local analice y designe a quienes integrarán los siete Consejos Distritales del INE en Sonora.

Con el propósito de informar ampliamente se enlistan las tareas de Consejos Distritales, los requisitos que deberán cumplir las y los ciudadanos interesados y la documentación que deberán entregar.

Qué son y cuáles son las tareas de los Consejos Distritales?

  • Son órganos desconcentrados del Instituto Nacional Electoral; existen 300, uno en cada distrito electoral federal, funcionan durante el proceso electoral.
  • Se integra por un Consejero Presidente, seis Consejeros Electorales y un representante de cada partido político nacional
    • El Vocal Secretario actúa como Secretario del CD y concurren los Vocales de Área en las sesiones.
  • Consejeros Electorales y Consejero Presidente tienen voz y voto; se deciden los acuerdos por mayoría de votos.
  • Atribuciones de los Consejos Distritales
    • Vigilar la observancia de la ley electoral
    • Determinar el número y ubicación de las casillas
    • Insacular a funcionarios de casilla (conforme al procedimiento indicado en LGIPE)
    • Vigilar que las Mesas Directivas de Casilla (MDC) se instalen en la jornada electoral
    • Registrar las fórmulas de candidatos a diputaciones federales
    • Registrar nombramientos de representantes de partidos políticos ante las MDC
    • Acreditar Observadores Electorales
    • Efectuar los cómputos distritales
    • Efectuar la declaración de validez de las elecciones de diputados en el ámbito distrital
    • Supervisar actividades de la Junta Distrital durante el proceso electoral
  • La finalidad última de estas acciones es que el proceso electoral en el ámbito distrital se desarrolle en un marco de certeza, transparencia y legalidad para ofrecer la confianza que esperan los ciudadanos en el distrito.
  • Entre diciembre de 2017 y septiembre de 2018 el Consejo Distrital realizará sesiones formales, reuniones de análisis, jornadas de supervisión en campo y gabinete; permanentemente recibirán la capacitación necesaria para el cumplimiento de sus atribuciones y responsabilidades
  • El día de la jornada electoral, el CD supervisará el funcionamiento de las Mesas Directivas de Casilla y atenderá los requerimientos que se presenten.

Podrán participar o ser postulados quienes cumplan con los siguientes requisitos:

  • Ser mexicano o mexicana por nacimiento que no adquiera otra nacionalidad y estar en pleno goce y ejercicio de sus derechos políticos y civiles, estar inscrito o inscrita en el Registro Federal de Electores y contar con credencial para votar.
  • Tener residencia de dos años en la entidad federativa correspondiente.
  • Contar con conocimientos para el desempeño adecuado de sus funciones.
  • No haber sido registrado o registrada como candidata a cargo alguno de elección popular en los tres años inmediatos anteriores a la designación.
  • No ser o haber sido dirigente nacional, estatal o municipal de algún partido político en los tres años inmediatos anteriores a la designación.
  • Gozar de buena reputación y no haber sido condenado o condenada por delito alguno, salvo que hubiese sido de carácter no intencional o imprudencial.

 

Con el fin de promover y fomentar la participación de las mujeres en los órganos de decisión del Instituto Nacional Electoral, las seis fórmulas de cada Consejo Distrital se integrarán por un número igualitario de mujeres y hombres.

 

Cada aspirante deberá presentar la siguiente documentación:

  • Solicitud de inscripción (disponible en oficinas de las juntas distritales ejecutivas y en la página de internet del Instituto).
  • Original y copia del acta de nacimiento.
  • Presentar credencial para votar vigente y entregar copia por ambos lados.
  • Copia de comprobante de domicilio (luz, agua o teléfono fijo), de no más de dos meses de antigüedad.
  • Currículum vitae.
  • 2 fotografías tamaño infantil;
  • Copias de certificados y/o comprobantes con valor curricular u otros documentos que acrediten que cuenta con conocimiento en la materia electoral.
  • Un escrito de dos cuartillas como máximo, en las que exprese las razones por las que aspira al cargo.
  • En su caso, constancia de haber participado como Consejero o Consejera Electoral en el otrora IFE o del INE en los procesos electorales y consejos correspondientes.
  • Declaración bajo protesta de decir verdad (formato INE).
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