BANNERSFERIADELLIBRO2025_728x90
BannerProteccionCivilSonora
banner728x90recolectoreselectricos
Capturadepantalla2025-09-03alas221128
bannerpromotoradescuentos728x90
Capturadepantalla2023-02-13alas213814
Capturadepantalla2023-02-13alas214531
Capturadepantalla2022-09-12alas043937
Capturadepantalla2023-02-13alas215907
Capturadepantalla2023-02-13alas220711
previous arrow
next arrow

Los hechos delictivos en agravio o perpetrados de manera inmediata y directa en contra de personas defensoras de derechos humanos deben gozar del mismo tratamiento jurídico que se otorga a las y los periodistas.

Así lo señaló el senador Marco Blásquez Salinas, al presentar una iniciativa para modificar el segundo párrafo de la fracción XXI del artículo 73 de la Constitución, en el marco del reciente asesinato de Silvestre de La Toba Camacho, presidente de la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Baja California Sur.

Su propuesta busca que las investigaciones de los delitos en contra de personas defensoras de derechos humanos sean del conocimiento de las autoridades federales y puedan ser resueltos de forma clara y expedita.

El senador resaltó que la condición de vulnerabilidad de las personas defensoras de derechos humanos y periodistas es similar, pues corren riesgo por el ejercicio de derechos civiles, los económicos, sociales, culturales y ambientales.

La propuesta tiene por objeto establecer la cooperación entre la Federación y entidades para implementar y operar las Medidas de Prevención, Medidas Preventivas y Medidas Urgentes de Protección que garanticen la vida, integridad, libertad y seguridad de las personas que se encuentren en situación de riesgo como consecuencia de la defensa o promoción de los derechos humanos.

La iniciativa fue turnada a las comisiones unidas de Derechos Humanos y Estudios Legislativos, Primera