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En atención a una sentencia del Tribunal Electoral del Estado, el Consejo General de la Comisión Estatal Electoral (CEE) determinó que los partidos y las coaliciones deben garantizar el acceso real y efectivo a integrantes de la comunidad LGBTTTIQ+ en la postulación de candidaturas.

Con respecto a la elección de Diputaciones locales, la CEE aprobó que deberán postularse cuando menos una fórmula integrada por personas (propietaria y suplente) de la diversidad sexual.

Esta medida sólo aplicará para la postulación de fórmulas de mayoría relativa.

En la elección de alcaldías, deberá postularse a una persona que encabece la planilla o a una fórmula de sindicatura o regiduría que pertenezca a la comunidad LGBTTTIQ+ en por lo menos cinco de los municipios que integran el bloque 1, 2 o en alguno de los que conforman el 3.

El bloque 1 está integrado por los nueve municipios del área metropolitana; el 2 por 17 municipios, entre los que están Cadereyta, Linares, Montemorelos, Zuazua, Santiago, Galeana y Dr. Arroyo.

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