Necesario el aviso de substitución patronal por reforma de subcontratación

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Si vas a hacer modificaciones en la relación obrero patronal es necesario que realices un aviso de substitución patronal, esto con el fin de que el patrón substituido sea solidariamente responsable del nuevo y en las siguientes líneas de manera breve explicaré de que se trata. 

                            Como bien sabemos en el pasado mes de abril entro en vigor un decreto en el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones consagradas en la Ley Federal del Trabajo, Código Fiscal de la Federación, Ley del Seguro Social, Ley del Infonavit, Ley del Impuesto Sobre la Renta y la Ley del Impuesto al Valor Agregado. 

                            Ante esto hay que tomar en cuenta lo establecido en diversas disposiciones siendo de suma importancia el articulo 41 de la Ley Federal del Trabajo que establece en su primer párrafo: 

                            Artículo 41.- La substitución de patrón no afectará las relaciones de trabajo de la empresa o establecimiento. El patrón substituido será solidariamente responsable con el nuevo por las obligaciones derivadas de las relaciones de trabajo y de la Ley, nacidas antes de la fecha de la substitución, hasta por el término de seis meses; concluido éste, subsistirá únicamente la responsabilidad del nuevo patrón. 

                            El término de seis meses a que se refiere el párrafo anterior, se contará a partir de la fecha en que se hubiese dado aviso de la substitución al sindicato o a los trabajadores.

                            Para que surta efectos la sustitución patronal deberán transmitirse los bienes objeto de la empresa o establecimiento al patrón sustituto. 

                            Los puntos importantes a entender en esta substitución patronal son primero que no afecta las relaciones de trabajo de la empresa o establecimiento, segundo que el patrón substituto será solidariamente responsable, tercero que esta responsabilidad tendrá un término que será de seis meses. 

                            Ahora bien, después de hacer el aviso al trabajador es de suma importancia dar aviso al Instituto Mexicano del Seguro Social, tal y como lo establece el articulo 16 del Reglamento de la Ley del Seguro Social en materia de afiliación, clasificación de empresas, recaudación y fiscalización, el mencionado precepto establece que es una obligación del patrón comunicar al instituto sobre la suspensión, reanudación, cambio o términos de actividades, así como sobre la clausura, cambio de nombre, denominación o razón social, domicilio o de representante legal, sustitución patronal, fusión, escisión o cualquier otra circunstancia que modifique los datos proporcionados al instituto, estableciendo un plazo de 5 días hábiles para realizarlo.  

                            Un punto importante es que se estableció en el decreto un plazo de 90 días naturales a partir de la entrada de vigencia, eso en principio toda vez que el pasado viernes 30 de julio se aprobó una prorroga hasta el 1 de septiembre de 2021, por lo que los patrones que no hayan cumplido en tiempo y forma todavía tienen oportunidad para hacerlo. 

                            Para realizar un aviso de sustitución patronal te recomiendo utilices el siguiente formato: 

AVISO DE SUBSTITUCION PATRONAL.

Estimado trabajador: ____________________

Por medio del presente aviso le comunico que derivado del Decreto publicado el pasado 24 de Abril de 2021, mismo en el que se reforman diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, Ley del Seguro Social, Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, Código Fiscal de la Federación, Ley del Impuesto Sobre la Renta, Ley del Impuesto al Valor Agregado, a partir del día _________________, en atención a lo dispuesto por el articulo 41 de la Ley Federal del Trabajo la empresa denominada ______________________ será el patrón substituto, responsabilizándose así de todas y cada una de las obligaciones laborales que la Ley le impone, haciendo referencias de las mismas: 

Salario

Puesto

Horario

Jornadas de Trabajo 

Haciendo referencia a lo mencionado anteriormente se reconoce expresamente que su antigüedad es a partir del día ________________ fecha en la que usted inició a prestar sus servicios con el anterior patrón, estableciéndose que el patrón substituto elaborará el siguiente contrato de trabajo, mismo que usted se compromete a firmar. 

En la ciudad de _____________ el día _____ del mes de ______ de 2021

Patrón substituido                                           Patrón substituto 

Nombre de la empresa                                   Nombre de la empresa

Nombre del Represéntate Legal                    Nombre del Represéntate Legal 

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