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La justificación oficial se debe a que las personas obesas necesitan de una cantidad muy elevada de combustibl
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La ciudad de Valencia, en España, prohibirá la incineración de personas con obesidad mórbida y de cadáveres que hayan recibido tratamientos contra el cáncer mediante inserción de agujas radiactivas.

El organismo señala que esta prohibición se debe a que las personas con obesidad mórbida que son llevadas a los crematorios requieren de una cantidad muy elevada de combustible, lo que conlleva un aumento considerable de contaminación sobrepasando el umbral de lo permitido.

De acuerdo con Europa Press, esta orden tiene por objeto establecer las nuevas condiciones para la ubicación y funcionamiento de hornos crematorios, así como de “adaptar los hornos existentes a las nuevas exigencias para proteger la salud de la población”, teniendo en cuenta que la cremación, como práctica funeraria, aumenta considerablemente.

La consellería aconseja, según la experiencia acumulada, establecer nuevas consideraciones respecto a la ubicación de los mismos y su funcionamiento, con objeto de minimizar su impacto en la salud poblacional.

Para ello, pide que antes de la cremación se extraigan los elementos termo-activos y se retiren de los féretros los herrajes y demás elementos metálicos, así como adornos fabricados en resinas, plásticos o cualquier compuesto susceptible de formar compuestos organoclorados o altamente tóxicos, tras su combustión.

Asimismo, pide que los cadáveres no porten vestimenta con elementos metálicos, resinas o plásticos, para que ninguno de éstos al momento de ser cremados formen compuestos organoclorados o altamente tóxicos tras su combustión. Por ello, preferentemente se utilizarán sudarios fabricados con materiales biodegradables.

La nueva orden también prohíbe la cremación de féretros de plomo o cinc y establece que las instalaciones de almacenamiento de ataúdes deben estar cerradas bajo llave, refrigeradas, ser a prueba de roedores y aves y contar con un sistema de control de olores.

Las nuevas condiciones que plantea la Conselleria de Sanidad para poder instalar los hornos crematorios de nueva construcción son que se instalen preferentemente en suelos de clasificación industrial y que no haya núcleos poblacionales o espacios vulnerables en el radio de 200 metros contados a partir del foco de emisión que constituye la chimenea del crematorio, señala el sitio El Comercio. 

En caso de que no se cumpla la distancia de 200 metros a espacios vulnerables, el titular de la instalación deberá presentar un estudio de dispersión de contaminantes de las emisiones esperadas en el horno crematorio, utilizando modelos matemáticos reconocidos por algún organismo internacional.

ACTUALIZACIÓN

Tras la polémica que creó esta iniciativa, las autoridades locales se han retractado y sí permitirán que los cuerpos de personas con obesidad mórbida sean incinerados, informó el diario español El País.  

Con información de mientrastantoenMexico.com

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