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GABINETE EMPRESARIAL

Después de todo el avance logrado por las ciudades y considerando que existen más dependencias operativas en los ayuntamientos para atender las necesidades públicas diarias, hoy en día se establece como de importancia pública la integración dentro de la estructura de los ayuntamientos de un administrador del municipio o de la ciudad.

Puede ser un tema que, en el ejercicio de gobierno, no se encuentre familiarizado y con la posibilidad de que algunos ciudadanos no lo consideren necesario. Es posible que se perciba que, debido a la sobrecarga de funciones de algunas administraciones municipales, un administrador de la ciudad sea visto como redundante, argumentando que las funciones que desempeñaría ya son realizadas por la sindicatura o la contraloría del municipio. Sin embargo, si se analiza la historia y la estructura legal de la administración municipal, se concluye que esta función no se ejerce plenamente.

La Ley de la Administración Municipal, que rige a los municipios, no prevé un organismo específico que se encargue del seguimiento al mantenimiento y conservación de las obras y bienes realizados. Cuando desaparece una edificación pública, por ejemplo, no hay un ente que se consulte ni que se responsabilice de su preservación, situación que ha sucedido en múltiples ocasiones tanto en la ciudad como en el municipio.

La creación de la figura de un administrador de la ciudad o municipio sería fundamental para garantizar un desarrollo ordenado y una optimización de los recursos económicos, materiales y de los servicios públicos. En la práctica actual, al concluir un período de gobierno de tres años, la información municipal se entrega a las nuevas autoridades. Sin embargo, en esa documentación no se contempla el estado de la infraestructura pública construida en administraciones anteriores con recursos públicos.

La falta de conservación y mantenimiento de obras anteriores es evidente, dado que no es prioridad para las autoridades municipales, quienes se concentran únicamente en sus propias obras y acciones. Además, no se evalúa el nivel en que quedaron los servicios públicos respecto a las necesidades planteadas por la comunidad y que siguen siendo una constante solicitud hacia los ayuntamientos.

La ciudadanía, en consecuencia, percibe una desconexión, al considerar que todo lo relacionado con obras y servicios corresponde exclusivamente al gobierno municipal, pese a que estas acciones forman parte del patrimonio ciudadano. Pocas veces un gobierno municipal se encarga de mantener o conservar lo hecho por administraciones previas, optando por sustituir obras existentes en lugar de preservarlas.

El administrador de la ciudad o municipio debería tener como función proteger el patrimonio de la comunidad conforme a la legislación vigente y al uso correcto de los recursos públicos.

El seguimiento y protección del patrimonio de las ciudades y municipios es crucial para que el desarrollo logrado permanezca vigente con el tiempo, independientemente del gobierno en turno. Proteger y conservar lo ya realizado debe ser un compromiso constante, incluso si no fue ejecutado por la administración actual.

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